viernes, 20 de noviembre de 2020

Historia de España. Bloque 6. Actividades. Comparar Constituciones

Compara las siguientes constituciones, señalando semejanzas y diferencias, atendiendo a los siguientes aspectos: Soberanía, forma de gobierno, división de poderes, función de la Corona, derechos individuales, cuestión religiosa, organización del estado, sufragio, ideología.

Constitución de 1837

(...) Art. 2º Todos los españoles pueden imprimir y publicar libremente sus ideas sin previa censura con sujeción a las leyes.  La calificación de los delitos de imprenta corresponde exclusivamente a los jurados (...)
Art. 4. Unos mismos códigos regirán en toda la Monarquía, y en ellos no se establecerá mas que un solo fuero para todos los españoles en los juicios comunes, civiles y criminales (...)
Art. 5. Todos los españoles son admisibles a los empleos y cargos públicos, según su mérito y capacidad.
Art. 6. Todo español está obligado a defender la Patria con las armas cuando sea llamado por la ley, y a contribuir en proporción de sus haberes para los gastos del Estado.
Art. 7. No puede ser detenido, ni preso, ni separado de su domicilio ningún español, ni allanada su casa, sino en los casos y formas que las leyes prescriban.
Art. 9. Ningún español puede ser procesado ni sentenciado sino por el Juez o Tribunal competente, en virtud de leyes anteriores al delito y en la forma en que estas prescriban
Art. 11. La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la religión católica que profesan los españoles.
Art. 12. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.
Art. 13. Las Cortes se componen de dos cuerpos colegisladores, iguales en facultades: el Senado y el Congreso de los Diputados
Art. 15. Los Senadores son nombrados por el Rey a propuesta, en lista triple, de los electores que en cada provincia nombran los Diputados a Cortes.
Art. 17. Para ser Senador se requiere ser español, mayor de cuarenta años y tener todos los medios de subsistencia y las demás circunstancias que determine la ley electoral.
Art. 21. Cada provincia nombrará un Diputado a lo menos por cada cincuenta mil almas de población.
Art. 22. Los Diputados se elegirán por el método directo y podrán ser reelegidos indefinidamente.
Art. 23. Para ser Diputado se requiere ser español del estado seglar, haber cumplido veinticinco años, y tener las demás circunstancias que exija la ley electoral.
Art. 26. Las Cortes se reúnen todos los años. Corresponde al Rey convocarlas, suspender y cerrar sus sesiones, y disolver el Congreso de los Diputados; pero con la obligación, en este último caso, de convocar otras Cortes, y reunirlas dentro de tres meses
Art. 36. El Rey y cada uno de los Cuerpos colegisladores tienen la iniciativa de las leyes.
Art. 44. La persona del Rey es sagrada e inviolable, y no está sujeta a responsabilidad. Son responsables los ministros. (...)
Art. 45. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey, y su autoridad se extiende a todo cuanto conduce a la conservación del orden público en lo interior, y a la seguridad del Estado en lo exterior, conforme a la Constitución y a las leyes
Art. 46. El Rey sanciona y promulga las leyes (...)
Art. 61. Todo lo que el Rey mandare o dispusiere en el ejercicio de su autoridad, deberá ser firmado por el ministro a quien corresponda y ningún funcionario público dará cumplimiento a lo que carezca de este requisito.
Art. 69. En cada provincia habrá una Diputación provincial, compuesta del número de individuos que determine la ley, nombrados por los mismos electores que los Diputados a Cortes.
Art. 70. Para el gobierno interior de los pueblos habrá Ayuntamientos, nombrados por los vecinos, a quienes la ley conceda este derecho. (...)
Art. 77. Habrá en cada provincia cuerpos de Milicia nacional, cuya organización y servicio se arreglará por una ley especial; y el Rey podrá, en caso necesario, disponer de esta fuerza dentro de la respectiva provincia; pero no podrá emplearla fuera de ella sin otorgamiento de las Cortes.

Constitución de 1845 

Artículo 2. Todos los españoles pueden imprimir y publicar libremente sus ideas sin previa censura, con sujeción a las leyes.
Artículo 3. Todo español, tiene derecho a dirigir peticiones por escrito a las Cortes y al Rey, como determinan las leyes
Artículo 4. Unos mismos códigos regirán en toda la Monarquía.
Artículo 7. No puede ser detenido ni preso, ni separado de su domicilio ningún español, ni allanada su casa, sino en los casos y formas que las leyes prescriban.
Artículo 9. Ningún español puede ser procesado ni sentenciado sino por el Juez o Tribunal competente, en virtud de leyes anteriores al delito y en la forma en que éstas prescriban
Artículo 11. La religión de la nación española es la católica, apostólica, romana. El estado se obliga a mantener el culto y sus ministros.
Artículo 12. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.
Artículo 13. Las Cortes se componen de dos cuerpos colegisladores, iguales en facultades: el Senado y el Congreso de los Diputados.
Artículo 14. El número de senadores es ilimitado: su nombramiento pertenece al Rey.
Artículo 15. Solo podrán ser nombrados senadores los españoles que, además de tener treinta años cumplidos, pertenezcan a las clases siguientes:
Presidentes de alguno de los Cuerpos colegisladores, Senadores o diputados admitidos tres veces en las Cortes. Ministros de la Corona. Consejeros de Estado. Arzobispos. Obispos. Grandes de España. Capitanes generales del Ejército y Armada. Embajadores. Ministros plenipotenciarios. Presidentes de Tribunales Supremos. Ministros y fiscales de los mismos. Los comprendidos en las categorías anteriores deberán, además, disfrutar de 30.000 reales de renta.
Artículo 17. El cargo de Senador es vitalicio
Artículo 20. El Congreso de los Diputados se compondrá de los que nombren las juntas electorales en la forma en que determine la ley. Se nombrará un diputado a lo menos por cada cincuenta mil almas de población.
Artículo 21. Los Diputados se elegirán por el método directo, y podrán ser reelegidos indefinidamente.
Artículo 22. Para ser diputado se requiere ser español, del estado seglar, haber cumplido veinticinco años, disfrutar la renta procedente de bienes raíces o pagar por contribuciones directas la cantidad que la ley electoral exija.
Artículo 42. La persona del Rey es sagrada e inviolable, y no está sujeta a responsabilidad. Son responsables los ministros.
Artículo 43. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey.
Artículo 45. Además de las prerrogativas que la Constitución otorga al Rey, le corresponde (...) Expedir los decretos, reglamentos e instrucciones que sean conducentes para la ejecución de las leyes (...) Decretar la inversión de los fondos destinados a cada uno de los ramos de la Administración pública (...) Nombrar y separar libremente los ministros.
Artículo 66. A los Tribunales y Juzgados pertenece exclusivamente la potestad de aplicar las leyes en los juicios.

Constitución de 1856 

Art. 1. Todos los poderes públicos emanan de la Nación, en la que reside esencialmente la soberanía, y por lo mismo pertenece exclusivamente a la Nación el derecho de establecer sus leyes fundamentales.
Art. 3. Todos los españoles pueden imprimir y publicar libremente sus ideas sin previa censura, con sujeción a las leyes.
Art. 8º. No puede ser detenido ni preso, ni separado de su domicilio ningún español, ni allanada su casa sino en los casos y en la forma que las leyes prescriban. Los que contravinieren a esta disposición, como autores o cómplices, además de las penas que se les impongan por infracción de la Constitución, serán responsables de daños y perjuicios, y perderán sus empleos y todos los derechos a ellos anejos.
Art. 14. La Nación se obliga a mantener y proteger el culto y los ministros de la religión católica que profesan los españoles.
Art. 15. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.
Art. 17. El número de senadores será igual a las tres quintas partes de los diputados.
Art. 18. Los senadores son elegidos del mismo modo y por los mismos electores que los diputados a Cortes.
Art. 75. Para el gobierno interior de los pueblos no habrá más que Ayuntamientos compuestos de alcaldes o regidores, nombrados unos y otros directa e inmediatamente por los vecinos que paguen contribución directa para los gastos generales, provinciales o municipales.

2º de Bachillerato. Historia de España. Actividad sobre Goya


Consiste en realizar un comentario sobre la obra de Goya relacionada con la Guerra de la Independencia. Tendréis que seleccionar una de las pinturas, describir la escena y el contexto histórico en el que se desarrolla y analizar cual es la intención del pintor, cual es el mensaje que pretende transmitirnos. 

La obra de Goya que trata sobre la Guerra de Independencia se divide en dos partes: por un lado, los cuadros de género histórico como La carga de los Mamelucos o El dos de Mayo de 1808 y Los fusilamientos de la Montaña del Príncipe Pío o El tres de Mayo de 1808 y por otro, la serie de grabados conocida como Los Desastres de la Guerra.

Para que os sirva de guía os dejo los siguientes enlaces:

Goya. Vida y Obra es una entrada de este blog en el que se resumen los principales aspectos de la biografía y la producción artística del pintor.
En la web del Museo del Prado podemos encontrar muchísima información sobre la obra de Goya.
En este artículo del Proyecto Clío se enlaza un análisis de cada una de las estampas que conforma la serie de Desastres de la Guerra.
Este artículo repasa alguna de las claves que explican la visión de Goya sobre la guerra.





miércoles, 4 de noviembre de 2020

2º de ESO. El Islam

 

Comenzamos nuestro estudio sobre el Islam explicando cuales son los comienzos de la religión y sociedades islámicas y las fases de su expansión.
En esta página podéis encontrar información sobre estos aspectos.

El Islam es una religión fundada por Mahoma en el siglo VII del calendario cristiano. Mahoma fundó no sólo una religión sino que, además, unificó a las tribus árabes en un mismo estado.

Pilares del Islam


Actividad 1: 
 
a) Busca el significado de los siguientes conceptos: Hégira, Corán, Califa, Emir, Visir, Imán y Cadí.
b) Explica quién era Mahoma y cuales fueron sus principales acciones.
c) Explica cuales son los 5 pilares del Islam.

A partir de la muerte de Mahoma, el Islam se expandió por Oriente Próximo y el Mediterráneo para alcanzar, después, Asia Central.
 
Etapas del Islam
 
         

Expansión del Islam. Mapa.



 
Actividad 2:
 
Contesta a las siguientes preguntas sobre el Mapa de la Expansión del Islam:

a) ¿Qué dos ciudades fueron el foco original del Islam? ¿En qué país se encuentran?
b) ¿Qué territorios fueron conquistados en la época de los Primeros Califas? ¿Qué Imperio fue el más perjudicado por estas conquistas?
c) ¿Qué territorios fueron conquistados durante la etapa Omeya y Abasí? 
d) ¿En qué batalla fueron los árabes derrotados por los Francos? ¿En qué año sucedió?
e) ¿En qué otras batallas fueron derrotados los musulmanes? ¿En qué años sucedieron?



martes, 3 de noviembre de 2020

Historia de España. Bloque 6. El Reinado de Isabel II

El proceso histórico que denominamos “Revolución Burguesa” o “Revolución Liberal” comenzó en España durante la Guerra de Independencia, con la convocatoria de las Cortes de Cádiz y la redacción y proclamación de la Constitución de 1812. Sin embargo, tras el fin de la guerra, la Constitución fue derogada y el absolutismo y el feudalismo fueron restaurados, por lo que, exceptuando el breve periodo del Trienio Liberal, en España el Antiguo Régimen permanecía vigente en 1833, fecha en la que se produce el fallecimiento de Fernando VII.
Por lo tanto, no será hasta el el reinado de Isabel II cuando se produzcan en España las transformaciones que permitan hablar de Revolución Burguesa o Liberal. Estas transformaciones se resumen en:
Políticas: Soberanía nacional, gobierno representatativo, parlamentarismo, elecciones libres, etc.
Económicas: Implantación del capitalismo como sistema económico, predominio de la propiedad privada, libertades de comercio, de fabricación, de contratación.. eliminación de los gremios, de los mayorazgos y señoríos y de la Mesta, etc.
Sociales: Igualdad ante la ley, fin de los privilegios y de los señoríos, etc.
Sin embargo, este proceso no fue en España resultado del triunfo en las calles de una revolución liberal liderada por las clases medias urbanas como en Francia u otros países europeos sino que fue consecuencia de un compromiso entre la Corona, las élites políticas, económicas y sociales del país. Además, estuvo caracterizado por la permanencia de muchas de las características del Antiguo Régimen.
El reinado de Isabel II, una niña de tres años cuando accedió al trono, no comenzó de manera fácil. En los últimos años de la vida de Fernando VII, en octubre 1830, nació Isabel de Borbón, por lo que el rey aprobó la Pragmática Sanción que abolía la Ley Sálica de 1713 que excluía del trono a las mujeres. Carlos Mª Isidro, hermano del rey y hasta ese momento su sucesor, vio cerrado su camino al trono y no aceptó los derechos de su sobrina. Tras la muerte de Fernando VII, se produce el enfrentamiento entre los liberales, partidarios de Isabel y los absolutistas, partidarios de Carlos Mª Isidro y conocidos como los carlistas.
Por lo tanto, con la Primera Guerra Carlista como trasfondo, se inicia el reinado de Isabel, cuya primera etapa está cubierta por la Regencia de su madre y esposa de Fernando VII, María Cristina de Borbón.

1. La Regencia de María Cristina

1.1 La Primera Guerra Carlista



Denominamos Carlismo al movimiento político que apoyó los derechos de Carlos Mª Isidro de Borbón al trono español, tras la muerte de su hermano Fernando VII, frente a la candidatura de su sobrina Isabel de Borbón. Su programa se resume en el lema “Dios, Patria, Fueros y Rey” y se compone de:
  • La oposición radical a las reformas liberales.
  • La defensa de la Monarquía Absoluta y del Antiguo Régimen.
  • El rechazo a la desamortización de los bienes eclesiásticos y a la libertad de cultos. Los carlistas fueron partidarios del Tradicionalismo católico.
  • La exigencia de la permanencia de los Fueros Vasco-Navarros (Leyes que establecían el autogobierno de esas provincias, un sistema de justicia y un régimen fiscal distintos de los del resto del país y la exención del reclutamiento de quintas para sus habitantes)

El Carlismo se expandió por el Norte peninsular, especialmente por las áreas rurales de País Vasco, Navarra o Cataluña, regiones en los que su discurso reivindicativo de los fueros y de las tradiciones encontró eco entre el Bajo Clero y la pequeña nobleza rural y en las que la propiedad de la tierra estaba más repartida que en el Sur o en Levante, por los que los Decretos de Abolición de los Señoríos apenas tuvieron eco entre el campesinado. Los focos del carlismo fueron, por tanto, el País Vasco y Navarra, el Maestrazgo (comarca comprendida entre Teruel, Castellón, Valencia y Cuenca) y el interior de Cataluña, quedando algunos puntos dispersos en otras zonas del país.


Las fases de la Primera Guerra Carlista fueron las siguientes:

1ª) Levantamiento inicial (1833): Tras el fallecimiento de Fernando VII, una Junta Carlista formada por partidarios del Infante D. Carlos organiza una rebelión que fracasa en Madrid pero triunfa en el País Vasco. Los carlistas comienzan a organizar partidas imitando a las guerrillas de la Guerra de Independencia.

2ª) Organización militar (1833-35): En Euskadi y Navarra se organiza un ejército carlista bajo la dirección del Coronel Tomás Zumalacárregui, que pronto controla todo el territorio menos las capitales, Bilbao y San Sebastián, que sitian. En Julio de 1834, Don Carlos se instala allí y el País Vasco se configura como el centro neurálgico del carlismo, incluso después de la muerte de Zumalacárregui en el sitio de Bilbao en Junio de 1835.
En el Maestrazgo, el Ejército cristino impide que las partidas carlistas bajo la dirección de Ramón Cabrera se unifiquen. Lo mismo ocurre en Cataluña y en Castilla, dónde las partidas carlistas son dirigidas por el Conde de España y el Cura Merino, respectivamente.

3ª) Expedicionaria (1836-7): Siguiendo un Plan del fallecido Zumalacárregui, los carlistas emprenden incursiones por el Norte y el Centro de la Península con el doble objetivo de aliviar la presión del ejército isabelino sobre sus líneas e intentar recabar el apoyo de la población de las zonas recorridas incorporando voluntarios a sus filas. Las expediciones se llevaron a cabo mediante pequeñas columnas de gran movilidad.
Las principales expediciones fueron las de Guergué (por el Pirineo catalán), Gómez (Asturias, Galicia, Castilla, Córdoba y Extremadura), Zairatiegui (Castilla) y la famosa Expedición Real, comandada por el propio Carlitos, que tras cruzar el Ebro, se dirigió a los alrededores de Madrid.
Los éxitos del ejército cristino encabezado por el General Espartero, que despejó el sitio de Bilbao en Diciembre de 1836, acabaron con las expediciones.

4ª) División interna y desenlace (1838-1839): En Julio de 1838, Rafael Maroto, es nombrado Comandante Jefe del ejército carlista. A partir de aquí, con el apoyo de los elementos más moderados del carlismo, partidarios de un arreglo negociado con la Regente, llega a un acuerdo con los generales isabelinos. El acuerdo se cristalizó en el Convenio de Vergara, firmado en Agosto de 1839 y consagrado por el famoso Abrazo de Vergara entre Espartero y Maroto, consistente en la integración de los oficiales carlistas en el ejército isabelino a cambio del desarme y de la promesa de Espartero de recomendar a las Cortes que se mantuvieran los fueros vasco y navarro.
El Convenio no contó con el beneplácito del sector más ortodoxo del carlismo, los denominados “apostólicos” y Maroto tuvo que recurrir a la represión contra estos en las provincias vascas y Navarra para que lo acataran, llegando a fusilar a oficiales contrarios al acuerdo. El propio Infante no dio su beneplácito al mismo y, en el Maestrazgo, Ramón Cabrera continuó con la lucha, por lo que la guerra no acabó en esta zona hasta 1840. Morella (provincia de Castellón) fue el principal reducto de la resistencia carlista hasta que cayó en Mayo, por lo que el ejército de Cabrera se replegó a Cataluña, hasta que en Julio cruzó la frontera francesa, finalizando la guerra con la victoria del ejército cristino o isabelino.

El Abrazo de Vergara. Grabado de 1902
El coste humano de la guerra fue altísimo, ya que se produjeron entre 150.000 y 200.000 muertos, una cifra considerable si tenemos en cuenta que la población española era de 13 millones. La guerra implicó a gran parte de la población, llegando el ejército cristino, por ejemplo, a sumar 500.000 hombres, gracias al mecanismo de incorporación de las quintas.
Una de las claves del triunfo isabelino fue la ayuda militar facilitada por ingleses y franceses que, en 1834, firmaron la Cuádruple Alianza junto a España y a Portugal, un pacto de ayuda mutua contra las potencias absolutistas como Austria.

Isabel II y su esposo Francisco de Asís en 1865


1.2 Los Gobiernos durante la Regencia de Mª Cristina. El Estatuto Real y la Constitución de 1837


Durante la Regencia de María Cristina se produjo en España la liquidación del Antiguo Régimen y la construcción de un sistema político y económico liberal. Esto se debió más a una solución de compromiso que a una revolución burguesa ya que se produjo por un pacto entre las élites del Antiguo Régimen: la Corona necesitaba del apoyo de los liberales para vencer a los carlistas y mantener a Isabel II en el trono, mientras que los liberales conservadores rechazaban las experiencias revolucionarias tras el fracaso de las Cortes de Cádiz y del Trienio Liberal.

Doña María Cristina de Borbón-Dos Sicilias, reina de España


A) El Estatuto Real


María Cristina inició su Regencia, amnistiando a exiliados liberales y encomendando el Gobierno a los ministros de su marido más inclinados a las reformas como Cea Bermúdez o Javier de Burgos que, en 1833, llevó a cabo una reforma de la Administración de la que hemos heredado la actual división del territorio español en provincias y de éstas en partidos judiciales.
Sin embargo, la amenaza de los carlistas evidenció que sólo un acuerdo con los liberales podría mantener a ella y a su hija en el trono. Así que llamó a Martínez de la Rosa, un liberal moderado, para que formara un gobierno que hiciera frente a la insurrección carlista e integrara a los liberales más conservadores en el sistema sin alterar los poderes de la Corona. 
Martínez de la Rosa emprendió una serie de reformas políticas y económicas moderadas. Entre ellas destacó la elaboración del Estatuto Real en 1834. 
Se trata de una carta otorgada (llamamos carta otorgada al documento que, al contrario que una Constitución que es elaborada por un parlamento representativo, es redactado por un Rey y aprobado por él) concedida por la voluntad de la Regente, en la que se establecen algunas reformas del sistema político:
  • Soberanía compartida entre el Rey y las Cortes 
  • La Corona se reserva el poder ejecutivo y la iniciativa legislativa, podía convocar y suspender Cortes cuando quisiera y cualquier ley, además de la aprobación de las Cámaras, necesitaba el consentimiento del rey (derecho de veto).
  • Cortes bicamerales formadas por la Cámara de Próceres, constituida por los Grandes de España y otros designados de forma vitalicia por el monarca, y la Cámara de Procuradores, elegida mediante sufragio.
  • Sufragio censitario muy restringido. Solo los varones de más de treinta años que poseyeran una renta superior a doce mil reales anuales tenían derecho de voto.

Evidentemente, la elaboración del Estatuto Real no consiguió integrar a todos los liberales en el sistema político, especialmente a los más avanzados, ya que no recogía la soberanía nacional, una división de poderes efectiva e impedía la participación de las clases medias. La insuficiencia de las reformas de Martínez de la Rosa, en un contexto de guerra civil contra los carlistas, llevó a que los liberales terminaran por escindirse en dos grupos, división ya iniciada en el Trienio Liberal: 
  • Moderados, antiguos doceañistas y partidarios de un liberalismo más conservador
  • Progresistas, antiguos exaltados 

La presión de los carlistas en el Norte obligó a Martínez de la Rosa a permitir la formación de milicias urbanas, un cuerpo armado compuesto de voluntarios procedentes de las clases medias inspirado en la Milicia Nacional creada en la Constitución de Cádiz y que se convertirá en la tropa del choque del liberalismo progresista en España. De hecho, en el verano de 1835, las Milicias protagonizaron revueltas en las principales ciudades españolas que acabaron con el gobierno de Martínez de la Rosa y su sustitución por el también viejo político liberal, el Conde de Toreno. Lo más destacado de este gobierno fue el nombramiento de Juan Álvarez Mendizábal, un político progresista, como ministro de Hacienda.

Retrato de Mendizábal

B) Los gobiernos de Mendizábal.


Mendizábal protagonizó la política española entre 1835 y 1837 como presidente del gobierno o como Ministro de Hacienda o de Estado. Su objetivo era restablecer la obra de las Cortes de Cádiz, algo que ya había sido intentado durante el Trienio Liberal sin éxito. Mendizábal, en cambio, si consiguió llevar a cabo las reformas necesarias para construir el estado liberal y el sistema económico capitalista. 
En Septiembre de 1835, Mendizábal es encargado de formar gobierno. Las principales líneas del gobierno de su gobierno son:
  • Sanear la Hacienda aumentando los ingresos fiscales, vendiendo bienes, reduciendo gastos y renegociando prestamos
  • La Desamortización de los bienes de la Iglesia (Conventos, congregaciones, bienes clero secular…) y la prohibición del cobro de tributos a la Iglesia (el Diezmo). La Desamortización tenía un triple objetivo: Recaudar dinero para sanear las cuentas del estado y financiar la guerra contra los carlistas; socavar el poder económico del clero; crear una clase de campesinos acomodados que apoyaran el régimen liberal. Los dos primeros se consiguieron relativamente mientras que el tercero no se cumplió. Es más, la principal beneficiaria fue la Nobleza que acaparó la compra de tierras, lo que explica también su aceptación del liberalismo en su versión moderada.
  • El reforzamiento del Ejército impulsando el reclutamiento de quintas para acabar con la guerra carlista.
  • La reconstrucción de la obra emprendida por las Cortes de Cádiz y el Trienio Liberal.

Mendizábal dimitió como Presidente del Gobierno en Mayo de 1836 por sus desavenencias con la Regente. Sin embargo, en agosto volvió al gobierno tras el estallido de la "Sargentada de la Granja", un pronunciamiento de los sargentos de la Guardia Real, apoyado por el partido progresista, que fue secundado en numerosas ciudades y que obligó a la Reina Regente, que descansaba en el palacio de la Granja (Segovia), a suspender el Estatuto Real y proclamar la Constitución de 1812.  María Cristina tuvo que aceptar que los militares se inmiscuyeran en el poder y llamar a los progresistas al poder. Una vez en el gobierno, con José María Calatrava como presidente y Mendizábal como Ministro de Hacienda, iniciaron un proceso de reforma de la Constitución de Cádiz, buscando el compromiso con los moderados mediante una serie de concesiones. El resultado fue la aprobación por las Cortes de la Constitución de 1837 que presentó los siguientes rasgos:
  • Es una Constitución de equilibrio entre las diversas tendencias del liberalismo español.
  • Reconocimiento del principio de la soberanía nacional.
  • División de poderes.
  • El Rey detenta el poder ejecutivo y cuenta con la iniciativa legislativa. Posee, además, derecho de veto ilimitado. El rey designa a los senadores y nombra a los ministros, que deben ser aceptados por las Cortes. En caso de desacuerdo, el rey podía optar por la disolución de las Cortes. 
  • Cortes bicamerales: Congreso de los Diputados y Senado. Todas las leyes deben ser aprobadas por ambas cámaras. El Congreso es enteramente electivo. El Senado es nombrado por el rey, tras elección de una terna por el cuerpo electoral.
  • Los Ayuntamientos son elegidos por los vecinos.
  • Declaración de derechos del Hombre y Ciudadano. Se recogían diferentes derechos individuales como la libertad de imprenta.
  • Combina la Confesionalidad católica con la tolerancia hacia otras religiones. El Estado se comprometía a subvencionar al clero expropiado con las desamortizaciones.

En 1837, fuera de la Constitución que no determinaba el tipo de sufragio, se aprobó una ley electoral que estableció el voto censitario masculino. Tenían derecho de voto los mayores contribuyentes (a través de una cuota  impositiva mínima directa) y personas con un determinado nivel intelectual: miembros de las Reales Academias, profesores de la enseñanza pública, doctores, licenciados, curas párrocos. En total, participan unos 240.000 varones de más de 25 años, el 2,2% de la población.
El gobierno de Calatrava y Mendizábal llevó a cabo, además, otras reformas significativas que supusieron la consolidación definitiva del liberalismo en España y la eliminación del feudalismo. Por ejemplo, acometieron la abolición definitiva de los señoríos, los diezmos o los mayorazgos y la supresión de los gremios. 

c) El "Trienio Moderado"


A partir de 1838, se suceden varios gobiernos formados por los liberales moderados que inician reformas, como la de la Instrucción Primaria o la Ley de Minas de 1839, que liberalizó las minas, hasta entonces monopolio real. Sin embargo, las notas más características del periodo son el avance del Ejército contra los carlistas que fueron derrotados en 1840 y la inestabilidad de los partidos políticos. Esto favoreció la pujanza de los militares que, como el moderado Narváez o el progresista Espartero, pasarán a protagonizar la política española.

2. La Regencia de Espartero (1840-1843)



A partir de la promulgación de la Constitución de 1837,se suceden gobiernos de signo moderado, ya que estos vencen en las elecciones; por tanto, los progresistas quedan marginados del poder. En 1840 el gobierno moderado, con la aquiescencia de Mª Cristina, promulgó una Ley Municipal que facultaba a la Corona a nombrar los alcaldes de capitales de provincias y a los Gobernadores Civiles. El objetivo era eliminar el poder del partido progresista en las ciudades. La Ley provocó levantamientos en las ciudades dominadas por los progresistas, comenzando por Barcelona, mediante la creación de juntas revolucionarias apoyadas por la Milicia Nacional y los ayuntamientos progresistas. Estos hechos culminan con la dimisión de Mª Cristina en septiembre, por lo que el general Espartero pasa a ocupar la Regencia, tras una votación de las Cortes, al ser una figura de prestigio, gracias a sus éxitos contra los carlistas y a su afinidad con el partido progresista.

El periodo de la nueva Regencia siguió a grandes rasgos la línea progresista de desmantelamiento del régimen señorial y desamortización eclesiástica, con una nueva desamortización que afectaba a los bienes del clero secular o parroquial. Además, se aceleró la desamortización de los bienes eclesiásticos y se recortaron los fueros vasco-navarros.
Espartero

Pero la oposición de los moderados, estimulados desde el exilio en París por Mª Cristina y las divisiones dentro de los progresistas por el desencanto que generó el estilo autoritario y personalista de gobernar de Espartero convirtieron muy pronto al general en un gobernante impopular.

La sublevación de Barcelona sería la chispa que provocaría la consolidación de un amplio movimiento en contra del general. Éste, en 1841, firmó un acuerdo comercial con Inglaterra que permitía la importación de tejidos confeccionados con algodón. El acuerdo perjudicaba claramente los intereses de la naciente industria textil catalana y engendró grandes protestas en Barcelona que fueron duramente reprimidas. El bombardeo de la ciudad, en diciembre de 1842, llevó a que Espartero perdiera toda su popularidad, incluso entre los propios progresistas.


Finalmente, una sublevación militar organizada por los moderados y encabezada por los generales Narváez y O´Donell, a la que se unieron algunos progresistas,como Prim, precipitó el fin de la Regencia de Espartero, que presentó su dimisión. Para no tener que nombrar un tercer regente, las Cortes tomaron la decisión de avanzar la mayoría de edad de Isabel II y proclamarla reina.


3. La Década Moderada (1844-1854) 



Tras acceder al trono al adelantarse su mayoría de edad en noviembre de 1843, Isabel II mostró desde un principio su preferencia por los moderados. Se abría así un largo período de predominio del partido moderado, heredero de los antiguos doceañistas del Trienio, que plantearon un programa político más conservador que el que se había intentado implantar en 1812 y 1820. Sus principales dirigentes fueron el general Narváez, Martínez de la Rosa y Alejandro Mon.


A lo largo de la década moderada se desarrolló una política económica claramente favorable a los terratenientes agrarios. Políticamente, los amplios poderes otorgados a la Corona y al poder ejecutivo propiciaron la formación de importantes grupos de presión, las camarillas, que acaparaban el poder, lo que vició y corrompió el sistema. La manipulación y el fraude electoral degradaron definitivamente el sistema y dejaron a la oposición en la más absoluta marginación política.Los progresistas optaron por el retraimiento, negándose a participar en unas consultas electorales claramente amañadas, o por la preparación de pronunciamientos apoyados por insurrecciones populares.


Narváez
En mayo de 1844 se formó un gabinete presidido por Narváez, la gran figura de los moderados que representa a una tendencia partidaria de hacer una nueva constitución, a medio camino entre las Constituciones de 1812 y 1837 y el Estatuto Real de 1834. El autoritarismo fue una de las principales características del régimen de Narváez. Su figura representa como ninguna al protagonismo político que tuvieron los militares durante el reinado de Isabel II.


La Constitución de 1845:


De carácter moderado, se diferencia de la de 1837 en una serie de aspectos esenciales: 

  • Soberanía compartida del Rey y las Cortes. Esto significa que el poder legislativo será compartido por ambas instituciones, por lo que la Corona, que además controla el poder ejecutivo, tendrá una clara preeminencia sobre las Cortes. La convocatoria de Cortes corresponde al monarca. 
  • El Senado pierde carácter electivo, pasando a estar nombrado por la Corona. 
  • Confesionalidad del Estado: “La religión de la nación española es la religión católica”. 
  • Recorte de los derechos individuales, especialmente las libertades de expresión y reunión. 
Un conjunto de leyes y reformas completaron el proceso de formación del Estado liberal en España que, durante el periodo 1844-1868, institucionalizó un régimen liberal moderado al servicio de la nueva clase social dominante: la burguesía terrateniente.


Las reformas moderadas


  • Ley Electoral de 1846 que configura un verdadero régimen oligárquico. Se estableció un sufragio muy restringido que limitó el cuerpo electoral a 97.000 varones mayores de más de 25 años, lo que suponía el 0.8% del total de la población.
  • Ley de Ayuntamientos de 1845, que reforzaba el centralismo, reservando al gobierno el nombramiento de los alcaldes de municipios de 2.000 o más habitantes y de las capitales, siendo el resto nombrados por el Gobernador. En 1849, se crean las Diputaciones Provinciales.
  • Creación en 1844 de la Guardia Civil, fuerza armada, de estructura militar, encargada de aplicar el orden esencialmente en el medio rural. Como medida complementaria se suprimió la Milicia Nacional. 
  • Aprobación del Código Penal en 1848 y del Código Civil en 1851. 
  • Concordato de 1851. Acuerdo con la Santa Sede por el que el Papa reconoció a Isabel II como reina y aceptó la pérdida de los bienes eclesiásticos ya desamortizados. A cambio, el estado español se comprometió a subvencionar a la Iglesia y a entregarle el control de la enseñanza y la censura. 
  • Ley de Enseñanza de 1845. Reforma de la educación: creación de universidades, nuevas especialidades. 
  • Ley de Hacienda de 1845 de 1845, elaborada por el Ministro de Hacienda Alejandro Mon: Con el objetivo de reducir el déficit público, se estableció un nuevo sistema fiscal más racional, eficaz y moderno, que puso fin al enrevesado sistema impositivo del Antiguo Régimen y estableció impuestos para todos: impuestos directos como la Contribución sobre bienes inmuebles, cultivo y ganadería y el Subsidio Industrial y Comercial e impuestos indirectos o como el Impuesto sobre el Consumo, los conocidos como "consumos" que encarecían los productos de consumo diario. 
  • Leyes arancelarias proteccionistas de 1849 que debían favorecer los intereses de los terratenientes agrícolas y del empresarial textil catalán. 


La Oposición:


Está encabezada por el partido Progresista, cuyos principales dirigentes fueron Espartero, Mendizábal, Madoz y Prim. A lo largo del reinado de Isabel II solo estuvieron en el poder durante breves períodos entre los años 1835 y 1844 y 1854-56 (Bienio progresista). La mejor concreción de su programa fue la Constitución de 1837. Hacia 1849 sufrieron una escisión por su izquierda, naciendo el Partido Demócrata que defendían el sufragio universal, la asistencia social estatal y una amplia libertad de asociación.

4. El Bienio Progresista (1854-1856)



La caída de los moderados: A lo largo de la década moderada se desarrolló una política económica claramente favorable a los sectores agrarios terratenientes. Políticamente, los amplios poderes otorgados a la Corona y al poder ejecutivo propiciaron la formación de importantes grupos de presión, las camarillas, que acaparaban y se disputaban el poder al margen de la organización parlamentaria, lo que vició y corrompió el sistema. La manipulación y el control electoral degradaron definitivamente el sistema y dejaron a la oposición en la más absoluta marginación política.

El pronunciamiento de 1854 tuvo como principales causas:
  • La unión de los progresistas y de un sector de los moderados (los denominados puritanos, el ala más centrista del partido moderado, encabezada por los militares Serrano y O´Donnell) contra el proyecto de reforma constitucional de Bravo Murillo en 1852 que pretendía fortalecer más los poderes del ejecutivo en detrimento del Parlamento. El proyecto fracasó, culminando con la dimisión de Bravo Murillo.
  • La crisis de los ferrocarriles que estalló cuando las Cortes rechazaron un proyecto de ley sobre concesiones ferroviarias. Sartorius, que encabezaba el Gobierno entonces, reaccionó disolviendo las Cortes. El proyecto era un ejemplo de la corrupción imperante en la época y dirigida por la camarilla, especialmente por la María Cristina de Borbón, la Reina-madre, y su marido, aliados a políticos como Sartorius, empresarios especuladores como el Marqués de Salamanca y al propio Narváez.
  • La férrea censura implantada por el gobierno de la prensa para impedir que se denunciara la corrupción de la camarilla o se utilizara la vida íntima de la reina como argumento de protesta frente al régimen.
  • La subida de los precios del grano que produjo la típica crisis de subsistencias.
La corrupción, por tanto, empujó a gran parte de los moderados a buscar una alianza con sus adversarios progresistas. Estos, por su parte, intentaron movilizar las clases trabajadoras urbanas perjudicadas por la subida de precios.
Este proyecto fue la chispa que encendió el descontento que dio lugar, en 1854, al movimiento conocido como Vicalvarada.
Urrabieta. Barricada en la calle Montera de Madrid

Iniciado por el general O'Donnell en Vicálvaro, el golpe militar se radicalizó tras la publicación por los rebeldes del denominado Manifiesto de Manzanares, cuya intención era atraerse a los progresistas al movimiento. Dicho manifiesto, redactado por Cánovas del Castillo, incluía importantes puntos del programa progresista (autonomía municipal, Milicia Nacional, nueva ley electoral y de imprenta), lo que hizo que consiguiera un amplio respaldo popular (como muestra la formación de Juntas en Madrid, Barcelona, Valladolid o Valencia) y animó a otros generales a unirse a la rebelión. Finalmente el golpe triunfó y propició la formación de un gobierno presidido por el progresista Espartero. La otra gran figura del gobierno, el general O'Donnell creó un nuevo partido, la Unión Liberal, que trató de cubrir un espacio de centro entre moderados y progresistas, aunque gobernó junto a estos en el inicio del bienio. 
La principal tarea que van a llevar a cabo los progresistas es retomar la tarea de desmantelamiento del Antiguo Régimen, y la profundización del régimen liberal. El Gobierno progresista restaura la constitución de 1837, aunque ampliando el voto. Unas nuevas Cortes Constituyentes iniciaron la elaboración de una nueva constitución más progresista que no llegó a aplicarse nunca: la constitución “no nata” de 1856
Pero será en el terreno económico donde los progresistas llevan a cabo la tarea más importante:
  • La desamortización general de mayo de 1855, efectuada mediante una ley elaborada por el ministro Pascual Madoz culminó el proceso desamortizador, y afectó esencialmente a las tierras de los municipios ( bienes de propios y comunes), aunque también a la Iglesia y a instituciones benéficas. Aumentó los ingresos obtenidos por la desamortización anterior pero tuvo una grave consecuencia para el campesinado, especialmente al del sur del país, al privarle del uso de las tierras comunales. 
  • La Ley General de Ferrocarriles (junio de 1855) de enorme importancia en la modernización económica del país. 
  • Leyes de Banca y de Sociedades de Crédito, intento de implantar en España de una banca moderna.
El Bienio fracasó, como ya había ocurrido en 1840, por su incapacidad para mantener el apoyo popular. Los movimientos populares que apoyaron la sublevación de 1854 reclamaban la abolición de los Consumos y de las Quintas y la solución al grave problema de carestía que sufrían las clases trabajadoras. Sin embargo, los gobiernos progresistas no atendieron ninguna de estas reclamaciones. Esto generó conflictos sociales de importancia (en 1855 se produce la primera Huelga General en la historia de España).
A las protestas sociales se unieron el levantamiento de los carlistas y la división entre progresistas y unionistas, creando una situación conflictiva. O´Donnell accedió a la Presidencia del Gobierno, decretó la disolución de la Milicia Nacional (lo que privaba a los progresistas de su fuerza militar) y restableció la constitución de 1845.


5. La vuelta de los Moderados y el final del reinado isabelino (1856-1868)



La agitación social creciente provocó la ruptura entre Espartero y O'Donnell. Nombrado el líder de la Unión Liberal presidente del gobierno en julio de 1856, se inició un proceso de revisión de la labor del bienio que finalmente trajo la vuelta de Narváez y los moderados al poder en octubre de 1856. Se volvía así al régimen moderado de la Constitución de 1845. El periodo comprendido entre 1856 y 1868 fue de alternancia en el poder entre la Unión Liberal y el Partido Moderado.


Etapas:

1856-1858. Se produce el retorno de los moderados al poder. 
1858-1863. La Unión Liberal de O’Donnell. A grandes rasgos, podemos decir que entre 1858 y 1863, etapa de gobierno unionista, hubo una relativa estabilidad política, con intervención de los moderados, de la Unión Liberal y de los progresistas en el gobierno, quedando al margen carlistas y demócratas. Los carlistas provocan un movimiento en 1860 con un desembarco en San Carlos de la Rápita que fracasa. También se producen revueltas campesinas (como la de Loja en 1861) que tenían como trasfondo las quejas por el injusto reparto de la tierra producido durante las desamortizaciones, el sistema de quintas y los consumos.
1863-1868. La vuelta de Narváez al poder en 1863, y con él del autoritarismo, agudizó la crisis del sistema: en los últimos años se rompe el consenso ya que la marginación de los progresistas fue mayor: Progresistas y demócratas recurren a los pronunciamientos, cuyo fracaso conduce a los líderes progresistas al exilio. Los intentos de insurrección como el motín de los sargentos del cuartel de San Gil en Madrid en 1866 o las protestas estudiantiles de 1865 en “La noche de San Daniel", fueron duramente reprimidos. El creciente autoritarismo del anciano Narváez llevó a la formación del Pacto de Ostende en 1866: unionistas, progresistas y republicanos se aliaron para derribar a Isabel II y el régimen moderado.


Economía:

1856-1864: etapa de crecimiento económico ("boom" de los ferrocarriles) 
1866-1868: etapa de crisis económica: 
  • crisis de subsistencia: crisis agraria en los años 1867-68 que agravó el desolador panorama de estos años. El precio del trigo aumentó en Madrid entre 1866 y 1868 un 100% 

  • crisis financiera: provocada por la evidencia de que las inversiones ferroviarias no eran rentables, por lo que los valores de las acciones ferroviarias en la bolsa bajaron estrepitosamente. Pero el crac bursátil, no fue solo ferroviario, ya que arrastró a otros valores como el de la deuda pública y la cotización del banco de España también se hundió. La consecuencia fue que se paralizó la construcción de la red ferroviaria y la quiebra de la mitad de los bancos. 


Obra política:

1857. Ley Moyano de Instrucción Pública. Es lo más destacado del periodo, ya que es la ley educativa que estará vigente hasta la II República. Merece destacar que se continuó con las Desamortizaciones.


La política exterior: 

Durante este último periodo del reinado de Isabel II se va llevar a cabo una política de prestigio (guerra de Marruecos (1859-1860), intento fallido de recuperar Santo Domingo, expedición a México, guerra contra Perú y Chile...), de exaltación nacionalista que en realidad no consigue el prestigio buscado, si comparamos lo conseguido por España con la expansión de otros países. Esta amplia actividad bélica apenas dio ningún resultado práctico para el país. Algunos ejemplos son:

Sans y Cabot. El General Prim en la Guerra de África
  • México: 1861-1862: El Gobierno de Juárez decide cancelar el pago de la deuda externa. España invade México en colaboración de Gran Bretaña y Francia (que tenía sus propios planes: la coronación de Maximiliano de Habsburgo como Emperador de México) En 1862, el general Prim firma con Juárez la Convención de Soledad y España se retira de México.
  • África: Desde 1844 se habían producido ataques marroquíes a las posiciones españolas en torno a Ceuta y Melilla. En 1859 se declara la guerra a Marruecos y tras la derrota marroquí de Wad-Ras (1860) y la firma del tratado de Tetuán, se amplían posiciones en Ceuta, se obtiene Ifni y se impone una multa al sultán de Marruecos de 400.000 reales. Consiguieron más territorios Francia y Gran Bretaña en este conflicto que España.
  • La Cochinchina (1857-1863): Con el pretexto de vengar las matanza de misioneros, se produjo esta intervención de apoyo a Francia, que obtiene concesiones territoriales (base de la futura Indochina francesa). España obtiene, a cambio, la garantía de libertad religiosa, una indemnización y ventajas comerciales.

6. Conclusión


En definitiva, la principal característica del reinado de Isabel II en España fue la implantación de un sistema liberal en lo político y capitalista en lo económico en el que permanecían vigentes algunas de las más importantes señas de identidad del Antiguo Régimen:
  • En el ámbito político esto se traduce en que el liberalismo español tuvo un sello más autoritario que el europeo. Premisas fundamentales del liberalismo como la soberanía nacional se matizaron en España mediante el concepto de soberanía compartida entre el Rey y las Cortes. Otras directamente se pervirtieron: las elecciones fueron permanentemente falseadas, los militares intervinieron directamente en política derribando e instalando gobiernos, los partidos políticos fueron débiles, etc.
  • A pesar de ello, el reinado de Isabel II, que duró 35 años, tuvo un claro dominador en el partido moderado, representante del pacto al que nos referíamos y del liberalismo conservador. Junto a los gobiernos moderados, destaca el importante papel político que se reserva la Corona, que quedó asociada ideológicamente a los moderados. A la Reina la rodeó un grupo muy influyente formado por familiares, consejeros, amigos, etc., conocido como la camarilla, cuyo poder, en muchas ocasiones, fue superior al de las instituciones y que protagonizó numerosos episodios de corrupción.
  • Este pacto fue contestado, por la izquierda, por los liberales más avanzados (progresistas, primero, demócratas y republicanos, después) y por la derecha, por los nostálgicos del Antiguo Régimen (los carlistas). La oposición simultánea de ambos grupos generó la enorme inestabilidad política del periodo con cambios continuos de gobiernos y de constituciones.
  • Socialmente, en España, esta revolución no tuvo nunca la profundidad que tuvo en Inglaterra o, sobre todo, en Francia, ya que permanecieron muchas de los rasgos del Antiguo Régimen como la posesión de la tierra por la nobleza o el control de la educación por la Iglesia. El pacto fue aceptado por la nobleza (que conservó el dominio sobre la propiedad de la tierra, como ya hemos dicho), bendecido por la jerarquía eclesiástica y apoyado por la burguesía, sobre todo por la vinculada a la administración del estado o la carrera militar.
  • El reparto del poder perjudicó a las clases medias urbanas y a los campesinos. A las primeras porque los marginó del sistema político mediante una ley electoral enormemente restrictiva y también porque se fomentó un tipo de crecimiento económico basado en la especulación del que no se beneficiaron; a los segundos porque, además de políticamente, se les apartó del acceso a la propiedad de la tierra.
La exclusión del pueblo (clases medias trabajadoras y clases medias urbanas) y la corrupción del sistema, personificada en la camarilla que rodeaba a Isabel II, explican que todo desembocara en el estallido de la Revolución democrática de 1868.

Para repasar